Qué responderías si te preguntaran: ¿cuándo finaliza tu jornada de trabajo, desconectas completamente?
Probablemente, tu respuesta pueda ser: “hay días que sí, hay días que no, depende de la carga de trabajo”, “sí, pero tengo el móvil siempre conectado por si acaso, alguna vez he recibido un whatsapp fuera del horario de trabajo”, “sí, aunque reviso los correos electrónicos los fines de semana y por inercia contesto”, “por norma general sí, pero a veces he recibido mensajes de trabajo durante el fin de semana o vacaciones”; en resumen, un sí pero no.
Somos conscientes de que vivimos en una “sociedad hiperconectada”, donde la tecnología ha favorecido la creación de nuevas fórmulas de trabajo y horarios más flexibles, pero también, en algunos casos, nos está haciendo dependientes de nuestro empleo y nos impide desconectar, olvidando que una “hiperdisponibilidad” de manera prolongada, provoca, sin lugar a duda, un aumento en los niveles de estrés.
Dando un paso al frente, el Gobierno español ha propuesto incorporar un texto a la Ley Orgánica de Protección de Datos, reconociendo el derecho de desconexión digital, una medida que, al parecer, se consolidará antes de finalizar este año.
Llegado ese momento, las empresas deberán implantar una política interna dirigida a todos los trabajadores, directivos incluidos, que defina tanto la forma en la que ejercer este derecho, como las acciones de formación y de sensibilización sobre el uso razonable de los dispositivos digitales.
Materializando estas medidas, entre la lista de beneficios que podrán repercutir positivamente tanto a la empresa como al trabajador, se encuentran, en primer lugar, el incremento de la productividad. Los trabajadores que desconectan de sus obligaciones laborales descansan mejor, rinden más, mejoran la conciliación de la vida laboral y familiar y, de alguna u otra forma, se alejan del precipicio del desgaste profesional o burnout. De la mano, le siguen una mayor motivación en el horario laboral, buen clima de trabajo, mayor implicación con los valores de la empresa, mejora de la imagen de la compañía al preocuparse ésta por la calidad en el tiempo de ocio de sus colaboradores y, nada más y nada menos, que la retención del talento.
Es posible que esta ley por sí sola no sea la solución, mientras tanto recuerda que el tiempo es tuyo y puedes gestionarlo, así que... ¡viva el derecho a la desconexión digital!
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ResponderEliminarBuenos días Jenifer!
ResponderEliminarCreo que en el mundo digital en que vivimos debemos superar el paradigma de un salario por un trabajo realizado en un horario y un espacio determinados y acercarnos más a un salario por unos objetivos cumplidos independientemente de cuando y donde los cumplas.
Bajo mi punto de vista, está ley no vendrá si no a hacer más rígidas si cabe las relaciones laborales en cuestión de horarios y jornada de trabajo.
Estamos de acuerdo en que las TIC pueden llevar a una “hiperdisponibilidad” pero creo que la solución no va a ser regularlo legalmente, ya que en materia social muchas veces el legislador legisla para la excepción. Sería mucho mejor que las empresas buscaran la fórmula para que sus líderes y mandos intermedios fomenten pedagógicamente la desconexión digital fuera del horario de trabajo, siendo el trabajador autosuficiente para decidir en último caso si desea contestar un e-mail o realizar alguna de tarea fuera de su horario laboral.
Comparto también tu punto de vista, gracias Enrique
EliminarHola a todos. Estoy de acuerdo con que la excesiva regulación externa no es buena y que las relaciones de trabajo como empleados o como proveedores-cliente deben responder a un acuerdo mutuo.
ResponderEliminarNo veo que el primer beneficio de la desconexión digital sea el incremento de la productividad. Se plantea la relación laboral como un tema dicotómico (ahora es hora de trabajo, ahora es tiempo de descanso). No creo que los empresarios o muchos de los autónomos vivan esa dicotomía. Me perece artificial, como esta necesidad de desconexión. Si la relación no es adecuada, mejor que desconectes la relación